![¡Divorciarse es posible en 48 horas! ¡Divorciarse es posible en 48 horas!](https://images.qdq.com/NJFQjenssrzgOK06sviJVSaKwtc=/390x325/smart/filters:format(JPEG)/photos/211/211049112/2c31052532b14ad98d299f54bd699fbe.jpg)
Publicado: 3 de Enero de 2017
Desde la publicación el día 3 de Julio de 2015 de la
Ley de Jurisdicción Voluntaria, el divorcio ante Notario es posible en España.
Se trata por así llamarlo de un “divorcio express”, ya que la escritura notarial puede prepararse en 24-48 horas, a diferencia del divorcio judicial (4 a 8 semanas de media).
Los requisitos que se exigen para poder formalizar el divorcio en escritura pública son básicamente dos:
- Que hayan pasado tres meses desde la celebración del matrimonio
- Que no haya hijos menores de edad o con capacidad modificada judicialmente que dependan de sus progenitores. Tampoco se podrá formalizar de esta manera si alguno de los cónyuges está embarazada.
Surgen dudas frecuentes como si es necesaria la intervención de abogado, o si por el contrario el matrimonio podrá ahorrarse los costes de este profesional. La ley es clara al respecto, y el asesoramiento previo por un Letrado en ejercicio sigue siendo requisito indispensable, por lo que si bien podremos ahorrarnos los costes de un Procurador que actúa ante los Tribunales, no sucede lo mismo con la figura del Abogado.
Otra de las preguntas más frecuentes es si se puede escoger a un Notario de su elección. La respuesta en este caso es afirmativa, siempre y cuando sea un Notario que esté dentro del partido judicial correspondiente al último domicilio común o al lugar de residencia habitual de cualquiera de los cónyuges.
Respecto de las ventajas que sin duda ofrece este “divorcio express”, además de su rapidez y el poco desgaste emocional que conlleva, es que el matrimonio se extingue en el mismo momento de la firma en la Notaria, sin ser necesario esperar a que se den los requisitos de firmeza judicial.
Por lo que si está pensando en divorciarse y encaja en uno de estos supuestos tendrá su divorcio en tan solo dos pasos:
1º.- Facilítenos la información necesaria para preparar el Convenio Regulador y la Escritura notarial, contactando con nosotros y concertando una cita al teléfono 949874743, o bien a través de esta página web. 2º.-
2º.- Acuda a la Notaría con uno de nuestros abogados a firmar la escritura pública.